VetWarriors ha hecho público un comunicado de posicionamiento a raíz de la Sentencia n.º486/2026 de la Audiencia Provincial de Málaga, que revocó la resolución de primera instancia y condenó a una veterinaria al apreciar un incumplimiento de la lex artis.
La resolución ha generado debate en el sector por algunos de los criterios empleados para valorar la actuación profesional, entre ellos la interpretación de las fichas técnicas de dos vacunas administradas durante el mismo acto clínico y el papel atribuido a la documentación científica aportada al procedimiento.
- Ante esta sentencia, VetWarriors ha querido fijar públicamente su posición sobre las posibles implicaciones que estos razonamientos pueden tener para el ejercicio clínico veterinario.
La organización recalca que no entra a valorar la actuación concreta de la profesional ni pretende cuestionar el fallo, sino que manifiesta su preocupación por lo que considera un precedente capaz de generar inseguridad e indefensión jurídica para los veterinarios.
En su comunicado, VetWarriors aborda el papel de las guías científicas internacionales en la valoración de la lex artis, la interpretación de las fichas técnicas y prospectos, la diferencia entre ausencia de información y contraindicación expresa, así como el posible desarrollo de una medicina veterinaria defensiva. También reclama una intervención de la Organización Colegial Veterinaria ante esta situación.
A continuación, reproducimos íntegramente el comunicado de posicionamiento remitido por VetWarriors:
POSICIONAMIENTO DE VETWARRIORS ANTE EL PRECEDENTE JUDICIAL SOBRE LA INTERPRETACIÓN DE PROSPECTOS Y LA LEX ARTIS CLINICA VETERINARIA
Desde VetWarriors, como organización volcada en la defensa, rigor y protección del ejercicio profesional de la veterinaria, emitimos el presente comunicado de posicionamiento institucional a raíz de la reciente resolución judicial dictada por la Audiencia Provincial de Málaga (Sentencia N.º 486/2026) desde el máximo respeto a la independencia del Poder Judicial, a sus instituciones y a las resoluciones emanadas de los órganos jurisdiccionales.
El objeto del presente escrito no es entrar a valorar ni cuestionar la actuación concreta de la profesional ni el fallo específico del caso, sino manifestar nuestra profunda preocupación por la inseguridad e indefensión jurídica que los razonamientos fundantes de dicha sentencia sientan como precedente para la práctica clínica diaria y el marco legal del profesional veterinario en España.
1. LA DESCONSIDERACIÓN DEL ESTATUS CIENTÍFICO DE LAS GUÍAS INTERNACIONALES (WSAVA)
Resulta preocupante que una resolución judicial reduzca las directrices de la World Small Animal Veterinary Association (WSAVA) al concepto de una simple "opinión en una revista".
Las directrices internacionales de la WSAVA y otros organismos científicos no constituyen literatura de divulgación ni foros de opinión abstracta: son la máxima expresión de la evidencia científica consensuada a nivel global.
Principio Técnico-Médico: La lex artis ad hoc no se nutre de formalismos administrativos rígidos, sino del estado del conocimiento científico validado. Minusvalorar unas guías internacionales de conocido prestigio debilita el pilar fundamental que define el correcto ejercicio profesional veterinario frente a los tribunales.
2. LA RIGIDEZ DE LA INTERPRETACIÓN DE LOS PROSPECTOS COMO FACTOR DE INDEFENSIÓN
La fundamentación de una condena basada en la interpretación de la ficha técnica o prospecto de un medicamento genera una peligrosa desprotección jurídica para el colectivo. Los prospectos farmacológicos, por su propia naturaleza y regulación:
-No abarcan la casuística clínica real: Es fácticamente imposible que una ficha técnica prevea la totalidad de comorbilidades, contextos epidemiológicos y combinaciones diagnósticas que el profesional afronta en el acto clínico.
-Evolución desfasada: Las actualizaciones administrativas de las fichas técnicas con frecuencia van por detrás de la evidencia científica consolidada. Someter la responsabilidad profesional a la dogmática literal de un prospecto despoja al veterinario de su capacidad de juicio clínico, limitando la toma de decisiones basada en la evaluación del paciente.
3.LA AUSENCIA DE EVIDENCIA NO EQUIVALE A CONTRAINDICACIÓN EXPRESA
Es un hecho metodológico conocido en farmacovigilancia que la gran mayoría de las fichas técnicas de vacunas y medicamentos veterinarios carecen de ensayos clínicos detallados sobre interacciones recíprocas con la totalidad de fármacos o biológicos presentes en el mercado, con independencia de si son del mismo o diferente laboratorio.
Establecer que "no existe información disponible sobre seguridad y eficacia en combinación con otros medicamentos" equivale a una contraindicación formal o prohibición de uso constituye un error de apreciación científica.
La ausencia de estudio no es prueba de toxicidad o incompatibilidad; transformarlo judicialmente en una contraindicación de facto invalida la aplicación de terapias combinadas estandarizadas en medicina veterinaria.
RIESGO SOCIAL Y SANITARIO: EL MIEDO LEGITIMADO Y LA MEDICINA DEFENSIVA
El precedente de esta doctrina judicial promueve un escenario de medicina veterinaria defensiva impulsada por el miedo. Al sentar que apartarse de la literalidad de un prospecto inespecífico genera presunción de culpa, se fuerza a los profesionales a posponer actos profilácticos o tratamientos urgentes, derivando en fragmentaciones asistenciales innecesarias que incrementan el estrés del paciente, reducen la cobertura vacunal comunitaria y, paradójicamente, favorecen la mala praxis por omisión o retraso terapéutico.
LLAMAMIENTO EXPRESO A LA ORGANIZACIÓN COLEGIAL VETERINARIA (OCV)
Instamos formalmente a la Organización Colegial Veterinaria (OCV / Consejo General de Colegios Veterinarios de España) a asumir un papel activo e intervencionista ante este precedente. Es imprescindible que la OCV adopte las medidas oportunas —mediante la emisión de posicionamientos institucionales firmes, la publicación de aclaraciones normativas sobre la lex artis y el establecimiento de canales de interlocución con el Poder Judicial— para dotar de seguridad jurídica a los colegiados y garantizar que situaciones de indefensión técnica como esta no vuelvan a repetirse en la jurisprudencia española.
CONCLUSIÓN Y POSICIONAMIENTO FINAL
Desde VetWarriors solicitamos que se respete el valor regulatorio del criterio facultativo y la ciencia médica contrastada. La responsabilidad sanitaria debe juzgarse bajo el prisma riguroso de la lex artis ad hoc sustentada en la evidencia científica (como las guías WSAVA, IRIS, LeishVet, entre otras) y no mediante la aplicación mecanicista de los prospectos comerciales, blindando así las garantías jurídicas que la profesión veterinaria requiere para el ejercicio de su labor.
Junta de VetWarriors










