El Reglamento europeo sobre bienestar y trazabilidad de perros y gatos ya es una realidad, pero si crees que con su aprobación el trabajo está hecho, nada más lejos de la verdad.
- Lo que viene ahora es, precisamente, lo que más te afecta como veterinario clínico: un periodo de dos años en el que se van a tomar decisiones clave sobre cómo se aplica, qué queda en manos de la profesión y qué espacios se abren -o se cierran- para quienes trabajáis cada día con estos animales.
Porque una norma sin veterinarios que la sostengan no es más que papel. Y tú tienes mucho que decir en todo esto.
El Reglamento europeo y por qué ahora empieza lo importante
El nuevo Reglamento europeo sobre bienestar y trazabilidad de perros y gatos marca, sin duda, un punto de inflexión en la política pública de protección animal en la Unión Europea.
- Es, probablemente, el primer intento serio de ordenar un mercado fragmentado, combatir el comercio ilegal y establecer un sistema común de trazabilidad que permita saber de dónde vienen los animales y quién es responsable de ellos, con el objetivo de preservar el bienestar de los perros y gatos comercializados.
Pero que se apruebe el Reglamento esté aprobado no significa que el problema esté resuelto, en cierto modo, lo verdaderamente importante empieza ahora.
Un marco común con margen de desarrollo
El propio diseño del Reglamento (como ocurre con muchas normas europeas) fija un suelo común, pero deja amplios márgenes a los Estados miembros para su desarrollo e implementación.
- Y además introduce un calendario que, lejos de ser inmediato, abre un periodo de transición relevante no será aplicable hasta que pase un periodo de dos a quince años de su entrada en vigor, según el artículo a aplicar.
- Ese tiempo no es un paréntesis sino una oportunidad. O, si no se gestiona bien, puede convertirse en un riesgo.
Porque durante ese periodo habrá que tomar decisiones clave definir quién es operador, delimitar la “ocasionalidad”, construir sistemas de trazabilidad que realmente funcionen y, sobre todo, diseñar mecanismos de control y sanción que no sean meramente formales.
Y en todas esas decisiones, el papel de la profesión veterinaria y, en especial, de los clínicos es estructural.
El papel del veterinario clínico en la implementación
Sin la experiencia y el conocimiento de los veterinarios clínicos, el Reglamento puede fracasar.
El bienestar animal no se garantiza solo con normas. Se garantiza con conocimiento, criterio clínico y capacidad de intervención. Es decir, con veterinarios clínicos.
El Reglamento introduce elementos que afectan directamente a la práctica profesional
- control sanitario y bienestar en establecimientos de cría y venta
- intervención en eutanasia y procedimientos clínicos
- asesoramiento en bienestar
- participación en controles oficiales
- trazabilidad e identificación
Pero, al mismo tiempo, deja abiertas cuestiones sensibles excepciones en eutanasia en situaciones de emergencia, posibilidad de determinadas intervenciones por personal no veterinario en algunos supuestos, intervenciones dañinas sobre los animales o márgenes amplios en la organización de controles.
- Si esas zonas de flexibilidad se desarrollan sin una base técnica sólida, o no se impide su aplicación en España, el riesgo es evidente que lo que nace como una mejora normativa acabe generando nuevos espacios de desigualdad, de relajación de estándares de bienestar, de intrusismo o incluso de empeoramiento en determinados contextos.
Por eso, más que nunca, los veterinarios clínicos deben ocupar un lugar central en este proceso. No solo como ejecutora, sino como actor que define, orienta y garantiza la calidad de la implementación.
Periodo transitorio y decisiones críticas para el modelo español
Dos años para decidir qué modelo queremos. El periodo transitorio no es solo un plazo técnico. Es un momento político, profesional y estructural.
En estos dos años se decidirá:
- si el Reglamento se convierte en una herramienta eficaz o en una norma más
- si mantenemos las normas españolas más estrictas
- cómo se sanciona el Reglamento en España
- los detalles sobre las “zonas grises” de su aplicación
- si se reducen realmente las prácticas irregulares o simplemente se adaptan
- qué genotipos y rasgos de conformación extremos en perros y gatos se prohíben
- qué metodología e indicadores se utilizan para el seguimiento del bienestar, tanto por los operadores como por los profesionales veterinarios
Y en esas decisiones, la profesión veterinaria tiene mucho que decir. Porque hablar de bienestar animal de perros y gatos sin la opinión de los veterinarios clínicos es, en el fondo, una contradicción.
Una serie para entender lo que viene
Este artículo no pretende cerrar el análisis, todo lo contrario.
El nuevo Reglamento es complejo, tiene implicaciones prácticas muy relevantes y plantea cuestiones que merecen ser abordadas con detalle. Por eso, en las próximas semanas iniciaré una serie de artículos en la que iré desgranando sus elementos clave:
- a qué afecta y a qué no este Reglamento
- qué cambia realmente en la práctica clínica
- qué riesgos existen en su aplicación
- qué papel tendrán los sistemas de trazabilidad
- y qué decisiones deberán tomar los Estados miembros
Porque si algo está claro es que el Reglamento ya está aprobado. Pero lo que todavía está por definir es cómo va a aplicarse. Y ahí, los veterinarios clínicos tienen mucho que decir.













