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COLVEMA responde a las declaraciones de la FEFE sobre la cesión fraccionada de medicamentos veterinarios

COLVEMA en esta carta aclara aspectos clave de esta medida, defendiendo que no se trata de un privilegio profesional, sino de una respuesta lógica y responsable que protege la salud pública, evita la automedicación y atiende mejor las necesidades reales de los animales y sus tutores.

El Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid (COLVEMA) ha emitido una carta dirigida a Luis de Palacio, presidente de la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE), en relación con sus recientes declaraciones en El GlobalFarma sobre la nueva normativa que autoriza a los veterinarios a la cesión fraccionada de tratamientos. En ella, COLVEMA aclara aspectos clave de esta medida, defendiendo que no se trata de un privilegio profesional, sino de una respuesta lógica y responsable que protege la salud pública, evita la automedicación y atiende mejor las necesidades reales de los animales y sus tutores.

Aquí puedes leer la carta completa:

Estimado Luis de Palacio, presidente de la Federación Empresarial de Farmacéuticos  Españoles (FEFE). En relación a sus declaraciones a “El GlobalFarma” https://elglobalfarma.com/farmacia/farmacia-cesion-fraccionada-medicamentos veterinarios-fefe/ , referentes a la reciente normativa que autoriza a los veterinarios a la  cesión fraccionada de los tratamientos, queremos explicar algunos aspectos que  consideramos de interés.  

Cuando afirma que “la cesión de medicamentos veterinarios se debe desincentivar para  evitar la quiebra de los principios competenciales que hacen de barrera entre la  profesión farmacéutica y la profesión médica” queremos transmitir que no cabe dar por  indiscutibles hábitos o tradiciones particulares españolas como que la dispensación de  medicamentos veterinarios solo es posible por parte de los farmacéuticos. En la inmensa  mayoría de la UE la dispensación es compartida entre centros veterinarios, oficinas de  farmacia y otros establecimientos minoristas, tal y como exige una histórica y justa  demanda del colectivo veterinario de nuestro país. Incluso es de destacar que la  dispensación de forma mayoritaria por parte de los veterinarios, es lo más habitual,  como sucede en 25 países de la UE, siendo pocos los que tienen restricciones y ninguno  con el alcance de las de España.  

La propia Unión europea reconoce este papel imprescindible del veterinario y en la  Sentencia del Tribunal de Justicia, Sala 3ª, de la UE, C-297/16, apartado 63 indica que:  “la exclusividad en el comercio y en la utilización de determinadas sustancias  veterinarias atribuida a los veterinarios, por el hecho de disponer de los  conocimientos y de las cualificaciones profesionales o para informar correctamente  de ello a otras personas interesadas, constituye una medida idónea para garantizar  el objetivo de protección de la salud”. 

Mientras en referencia a otros profesionales (farmacéuticos) indica que:  aunque esos otros profesionales pueden disponer efectivamente de profundos  conocimientos sobre las propiedades de los distintos componentes de los  medicamentos veterinarios, nada indica que cuenten con formación específica  adaptada a la salud animal”

La propia normativa española en el artículo 19.3.g del Real Decreto 1157/2021, por el  que se regulan los medicamentos veterinarios, ya establece que la publicidad de los  medicamentos veterinarios debe incluir obligatoriamente una leyenda que diga:  «En caso de duda consulte a su veterinario»” 

El Reglamento (UE) 2019/6, en su considerando 4, expone:  

La experiencia ha mostrado que las necesidades del sector de los medicamentos  veterinarios difieren sustancialmente de las del sector de los medicamentos de uso  humano. (...) Por su tamaño, la industria farmacéutico veterinaria es solo una  pequeña fracción de la industria de los medicamentos de uso humano. Por tanto, se  considera oportuno elaborar un marco regulador que aborde las características y  especificidades del sector veterinario, que no puede considerarse un modelo para el  mercado de los medicamentos de uso humano». 

El mismo reglamento relaciona específicamente a los veterinarios con el suministro o  dispensación de medicamentos veterinarios. Llama la atención que no hace referencia a  ningún otro profesional al que le atribuya la dispensación de medicamentos veterinarios,  por lo que lo hace, en exclusiva, a los veterinarios.  

Son grandes las diferencias entre los sectores farmacéuticos humano y veterinario,  pues el medicamento veterinario supone solo un 3 % del total, con una enorme  variabilidad de especies a atender, para la que las oficinas de farmacia no están  preparadas. Es importante señalar la imposibilidad real de comercializar envases  apropiados; por mucho que se insista en ello, nunca van a poder adaptarse a animales  con un peso, usando como ejemplo solo el perro, que van desde 1 kg, a más de 60 kg. Si  un animal necesita 2 comprimidos, debemos poder suministrarle solo 2 comprimidos, y  no una caja de 10 ó de 20, como sucede en la actualidad. Esta medida es indispensable  para evitar que los medicamentos se acumulen en los domicilios particulares y puedan  dar lugar a automedicación. En el caso de antibióticos reviste un riego muy significativo,  ya que podría aumentar el riesgo de crear resistencias a los mismos, algo frente a lo que  estamos profundamente sensibilizados. 

Se acusa al colectivo veterinario de crear “campañas de desinformación”, cuando los  hechos que relatamos son de una lógica aplastante. Demandamos libertad para poder  prescribir siguiendo nuestro criterio clínico y la evidencia científica, algo que la  normativa actual nos limita, y poder suministrar a nuestros clientes los medicamentos  que sus mascotas necesitan, en la cantidad justa sin excedentes, sin tener que  peregrinar de una farmacia a otra, por el desabastecimiento existente.  

Esta medida no solo responde a criterios clínicos y de salud pública, sino que atiende a  una necesidad real de los propietarios de animales, quienes son los principales 

afectados por un modelo rígido que les obliga, en muchas ocasiones, a adquirir envases  sobredimensionados o recorrer varias farmacias sin éxito. Poder dispensar únicamente  la dosis necesaria —ni más ni menos— es una forma de respeto a los ciudadanos, a su  economía, a su tiempo y a su compromiso con el bienestar de sus animales. La  fraccionada no es un privilegio profesional, sino una respuesta lógica y responsable a la  diversidad de tratamientos, especies y situaciones clínicas que los veterinarios  atendemos cada día. 

Es innegable que el actual modelo de dispensación de los medicamentos veterinarios no  funciona. Por tanto, es una obligación buscar que la dispensación de los medicamentos  veterinarios permita lograr las más altas cotas de protección de la salud pública, la  sanidad animal y el medio ambiente.  

Desde una perspectiva moderna e integradora como la que promueve el enfoque “One  Health” —que reconoce la interconexión entre la salud humana, animal y  medioambiental—, resulta esencial que médicos, farmacéuticos y veterinarios  colaboren desde el respeto mutuo a sus competencias y funciones específicas. En ese  marco, la cesión fraccionada y la dispensación por parte de veterinarios no es una  ruptura, sino una medida complementaria que mejora la eficacia del sistema sanitario  en su conjunto, especialmente en un ámbito tan especializado y diverso como el de la  medicina veterinaria. 

Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid 

Madrid, a 25 de julio de 2025

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