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Cambios en la normativa para el transporte comercial de perros, gatos y hurones en la UE

España refuerza los controles sanitarios en los traslados comerciales de animales de compañía dentro de la UE

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha actualizado recientemente la normativa para el transporte comercial de perros, gatos y hurones en la UE. Con esta revisión, España adapta y precisa los procedimientos que deben cumplir los traslados de perros, gatos y hurones con destino a otros países de la Unión Europea, así como a Suiza y Noruega.

El objetivo de esta actualización es garantizar una mayor seguridad sanitaria en los desplazamientos de animales cuando estos no encajan dentro de lo que se considera un movimiento no comercial. Esto incluye, por ejemplo, los casos en los que el animal viaja sin su tutor, cuando se transporta un número superior al permitido o cuando existe un cambio de titularidad durante el proceso.

Requisitos sanitarios reforzados

  • Entre los aspectos más relevantes de la nueva normativa, se destaca la obligación de que el lugar de origen de los animales sea un establecimiento debidamente registrado en la plataforma europea TRACES NT, ya sea un centro de acogida, un refugio autorizado o cualquier operador inscrito oficialmente.
  • Además, para realizar estos movimientos comerciales, es imprescindible contar con el certificado sanitario intracomunitario específico (CANIS-FELIS-FERRETS-INTRA), que debe ser gestionado a través de los servicios veterinarios oficiales de la comunidad autónoma correspondiente. Este documento es fundamental para asegurar que los animales cumplen las condiciones sanitarias requeridas para viajar a otros países europeos.
  • El pasaporte veterinario sigue siendo un elemento indispensable, ya que debe estar correctamente cumplimentado y actualizado, especialmente en situaciones de adopciones internacionales, donde este documento cobra aún más importancia como garantía sanitaria.
  • Asimismo, los animales deben estar correctamente identificados mediante microchip compatible con la normativa ISO, aunque también se aceptan tatuajes siempre que hayan sido realizados antes del 3 de julio de 2011.
  • La vacunación antirrábica es obligatoria y debe haberse administrado al menos 21 días antes del desplazamiento, registrándose debidamente en el pasaporte. Esta vacunación solo se considerará válida si se ha aplicado después de la identificación oficial del animal.
  • Otro requisito imprescindible es que los animales sean sometidos a un examen clínico realizado por un veterinario oficial en las 48 horas previas al viaje, con el fin de garantizar que se encuentran en buen estado de salud y aptos para ser transportados.
  • En cuanto al transporte, este debe ser efectuado por operadores autorizados y registrados en la base de datos nacional SIRENTRA, asegurando que los vehículos utilizados y los datos logísticos estén debidamente reflejados en la documentación oficial.

Restricciones específicas

Una de las limitaciones que España mantiene es la prohibición de entrada al país de animales menores de 15 semanas que no hayan sido vacunados contra la rabia, una medida clave para proteger la salud pública y evitar la introducción de enfermedades de declaración obligatoria.

Por otro lado, el MAPA recuerda que para que un traslado sea considerado no comercial deben cumplirse una serie de condiciones: un máximo de cinco animales por desplazamiento (salvo justificaciones veterinarias específicas), ausencia de ánimo de lucro y acompañamiento por parte del propietario o una persona autorizada, ya sea durante el viaje o hasta un máximo de cinco días antes o después del desplazamiento del animal.

Claridad normativa y prevención sanitaria

Con esta actualización, el Ministerio busca ofrecer mayor claridad a los profesionales veterinarios, operadores y tutores de animales, facilitando la comprensión de los requisitos y contribuyendo a una mejor trazabilidad en los movimientos internacionales. El refuerzo de estas medidas no solo tiene como finalidad proteger la salud animal, sino también garantizar la bioseguridad y prevenir la expansión de enfermedades zoonósicas en el contexto europeo, en línea con las políticas comunitarias de salud pública y bienestar animal

Puedes consultar la nota informativa completa aquí

 

 

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