La labor de los veterinarios municipales constituye una pieza esencial, aunque a menudo poco visible, dentro del sistema de protección animal y salud pública en España.
Más allá del ámbito clínico tradicional, estos profesionales desarrollan su trabajo en centros municipales de gestión animal, donde convergen bienestar animal, control sanitario, educación ciudadana y gestión administrativa.
- En este contexto, la participación de los Auxiliares Clínicos Veterinarios (ACV) abre nuevas oportunidades profesionales todavía poco exploradas por quienes inician su trayectoria en la clínica de pequeños animales.
Conversamos con Juan Carlos Ortiz, veterinario municipal del Ayuntamiento de Madrid y presidente emérito de la Asociación Española de Veterinarios Municipales (AVEM), para analizar el papel real de los ACV en los centros municipales, los retos actuales de estos servicios públicos y las posibilidades de desarrollo profesional que ofrece este ámbito dentro del ecosistema veterinario, en una conversación impulsada desde la colaboración con ANAVET y su apuesta por visibilizar nuevas salidas profesionales para los auxiliares veterinarios.
Tras su trayectoria como veterinario municipal y su etapa al frente de AVEM, ¿cómo describiría hoy la función de los servicios veterinarios municipales dentro del sistema de salud pública y protección animal en España?
La profesión veterinaria avanza, como el resto de la sociedad, adaptándose a los tiempos y a las necesidades que nos demandan los ciudadanos. Seguimos trabajando para preservar y proteger la salud de los ciudadanos realizando tareas poco conocidas, pero fundamentales.
- Tal es el caso de las inspecciones sanitarias de los establecimientos en los cuales se elaboran alimentos o se suministran a los consumidores verificando la calidad y el estado de salubridad de los alimentos
- Debemos de asegurarnos de que todos los operadores económicos cumplan la normativa sobre seguridad alimentaria y que los alimentos que consumimos sean seguros e inocuos para los consumidores.
También nos ocupamos de prevenir y combatir la presencia de plagas de especies bien conocidas por los hombres (ratas, cucarachas, mosquitos, etc.) algunas de ellas transmisoras de diferentes enfermedades de carácter zoonótico que en los últimos años están de plena actualidad como es el caso de los mosquitos del género Culex (el mosquito común) el vector más frecuente del West Nile Virus, o los mosquitos hembra del género Aedes, sobre todo Aedes aegypti que puede transmitir los virus Zika, Dengue, Chikungunya y la Fiebre Amarilla.
No nos podemos olvidar de nuestros animales de compañía, de los cuales también nos ocupamos de su salud y su bienestar.
En el caso concreto de los centros municipales de gestión animal, ¿qué cambios relevantes ha observado en los últimos años en cuanto a organización, enfoque de bienestar animal y relación con la ciudadanía?
La evolución de una parte importante de ciudadanos hacia la protección de los animales en general, y de los animales de compañía en particular, ha dado lugar a movimientos sociales que han propiciado modificaciones del marco legal. Estas modificaciones de normas tan importantes como el Código Penal o la nueva y, más reciente, Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, vigente en España desde el 29 de septiembre de 2023 que afecta especialmente a las administraciones y los ciudadanos, en relación con sus deberes y responsabilidades hacia los animales de compañía.
- Alguna de estas modificaciones legales, como es el caso de la prohibición del sacrificio de animales (perros y gatos) en los centros de recogida de animales, si bien ha sido ratificado y delimitadas sus condiciones en la nueva ley 7/2023, ya estaba contemplada en normativas autonómicas.
Fue el resultado del movimiento “sacrificio cero” desde las entidades de protección animal. Sin duda, era, y sigue siendo, un objetivo necesario.
No obstante, considero que, desde el principio que se promulgaron estas normas en España (Cataluña, Madrid) se produjeron una serie de desajustes (por ser benévolo en el término) que dio lugar a una situación de hacinamiento de perros y gatos en los centros que, en algunos casos, podríamos considerarlos como “presunto maltrato animal”.
En estos casos, una variedad mucho más perversa de maltrato, ya que un buen número de administraciones responsables de proporcionar unas condiciones mínimas para preservar el bienestar de los animales no lo hacían, ni lo hacen actualmente. Estoy hablando de “maltrato institucional” que debería ser investigado por la fiscalía correspondiente.
Asimismo, el análisis de la situación y las causas requiere un análisis más pormenorizado...
Los Auxiliares Clínicos Veterinarios suelen asociar su futuro profesional casi exclusivamente a la clínica privada. ¿Qué papel real pueden desempeñar dentro de los centros municipales?
La Ley 7/2023 establece unas condiciones para la atención y cuidado de los animales en centros de acogida -especialmente municipales- que hacen imprescindible una cualificación mínima del personal.
Actualmente, muchos centros cuentan con personal con experiencia en manejo animal (operarios, laceros, encargados), pero sin formación reglada en cuidados higiénicos, custodia o gestión de animales en colectividades. Esto supone una limitación relevante: el cuidado no puede basarse solo en la buena voluntad, sino en una preparación técnica adaptada a estos entornos (gestión de colectividades, organización del trabajo, aspectos legales y administrativos, o manejo de problemas de comportamiento).
Aunque existen casos clínicos individuales, el reto principal es la gestión de grandes grupos de animales. En este contexto, la prevención y la correcta aplicación de medidas profilácticas son prioritarias.
- Aquí el papel del ACV es clave. Su figura puede aportar un gran valor como apoyo directo al veterinario -que en muchos centros no está presente de forma continuada-, especialmente en todo lo relacionado con la salud, la prevención y el bienestar animal, sin sustituir en ningún caso sus competencias.
¿Existen diferencias significativas entre el trabajo de un equipo veterinario en un centro municipal y el de una clínica u hospital de pequeños animales en términos de toma de decisiones, recursos y responsabilidad sanitaria?
“A priori” en un centro de protección bien dimensionado y con servicio de clínica, el trabajo de un ACV no debe ser muy diferente al de una clínica u hospital. El problema es que actualmente los centros de protección, en su gran mayoría, ni son grandes ni cuentan con clínica veterinaria.
Sobre este asunto es imprescindible que los ayuntamientos cambien su enfoque hacia los animales de compañía.
- En la situación actual, con la nueva legislación y con las limitaciones existentes a nivel municipal para cumplir la nueva ley es IMPRESCINDIBLE que se produzca un CAMBIO DEL PARADIGMA
- En caso contrario veremos pasar a técnicos y políticos por delante de los tribunales para dar cuenta de su gestión y de los resultados de la misma
La gestión de animales abandonados o procedentes de intervenciones administrativas implica también una dimensión ética y social. ¿Cómo se vive esta realidad desde dentro de los equipos municipales?
Se vive muy mal. Hay una gran brecha entre el deber y el poder para las personas que trabajan en estos centros. Actualmente, desde la entrada en vigor de la Ley 7/2023, la gestión de este tipo de animales en la mayoría de municipios de España supone un problema importante y de muy difícil solución.
- Partimos de la base de una ley que no ha cumplido con la preceptiva evaluación el impacto económico sobre las administraciones afectadas. Esta obligación deriva de la Ley 50/1997 (art. 26) y del Real Decreto 931/2017.
- Además, en aplicación de la ley 1/1985, que establece el principio de correspondencia entre competencias y financiación, cuando una nueva normativa crea servicios, amplía competencias e impone obligaciones debe analizarse el impacto económico en las entidades locales.
Esto es exactamente lo que ha ocurrido en los ayuntamientos desde la entrada en vigor de esta Ley 7/2023.
Los legisladores no han debido tener en cuenta que la gran mayoría de municipios de nuestro país, tienen una población censada inferior a 1.000 habitantes (4.982 - el 61,26% - municipios de los 8.132 que hay en toda España. Y si ponemos el listón en una población de 20.000 habitantes (420) solo llega al 5,16% de los municipios.
Como consecuencia de esta situación es muy difícil el cumplimiento de la ley en toda su extensión. En este contexto, la realidad económica se impone a la ética y la voluntad social.
Durante su presidencia en AVEM, ¿qué avances considera más relevantes para el reconocimiento profesional de los veterinarios municipales y de los equipos que trabajan con ellos?
Desde AVEM se ha trabajado principalmente en dos líneas estratégicas: formación especializada y estandarización de la calidad.
- En el ámbito formativo, en colaboración con la Facultad de Veterinaria de la Universidad Complutense de Madrid, se han desarrollado dos cursos de especialización y un máster dirigidos a veterinarios municipales responsables de centros de protección animal.
- Estos programas, con titulación acreditada por la universidad, han contribuido a reforzar la capacitación técnica en un entorno profesional que exige competencias muy específicas.
En paralelo, la asociación impulsó junto a AENOR la primera norma UNE a nivel mundial centrada en la gestión de calidad en centros de protección animal y residencias: la UNE 313001.
- Esta norma introduce un enfoque estructurado basado en la salud y el bienestar animal, adelantándose en varios años a muchos de los requisitos recogidos posteriormente en la Ley 7/2023
- Su valor práctico es claro: permite a los centros -tanto públicos como privados- organizar sus procedimientos con criterios técnicos orientados a garantizar condiciones adecuadas de salud y bienestar.
Conviene, no obstante, diferenciar dos conceptos clave. Por un lado, la implantación de la norma, que puede realizar cualquier centro con dirección técnica veterinaria cualificada y que ya aporta mejoras reales en la gestión. Por otro, la certificación, que es el reconocimiento formal por parte de una entidad acreditadora.
Son procesos vinculados, pero independientes: se puede trabajar conforme a la norma sin estar certificado, pero no es posible certificarse sin cumplir previamente sus requisitos.
Para un ACV que se plantea ampliar horizontes profesionales más allá de la clínica, ¿qué mensaje le trasladaría sobre las oportunidades que ofrece el ámbito municipal?
Sin duda, es un nuevo campo de trabajo que creo que un/a ACV pueden abordar con éxito. Hay dos vías para acceder a trabajar en los ayuntamientos, en los centros de protección animal.
- Por un lado, en aquellos ayuntamientos que tienen centros propios gestionados por personal municipal y por otro en los centros municipales cuya gestión sale a concurso de entidades externas
- Este segundo modelo es el más frecuente con diferencia. En los ayuntamientos con una población superior a 20.000 habitantes, unos 420 en toda España, mas del 75% tienen externalizados su servicio de recogida y gestión de los centros de animales de compañía.
La conversación con Juan Carlos Ortiz pone de relieve una realidad todavía poco conocida para muchos profesionales del sector: el ámbito municipal como espacio clave donde la veterinaria se conecta directamente con la salud pública, la protección animal y el servicio a la sociedad.
- En este entorno, el papel de los equipos técnicos, incluidos los ACV, adquiere una dimensión distinta, marcada por la gestión colectiva, la responsabilidad administrativa y el impacto social del trabajo diario.
- Explorar estas salidas profesionales no solo amplía horizontes laborales, sino que también contribuye a comprender la veterinaria como una profesión diversa, con múltiples formas de ejercer y aportar valor dentro del ecosistema veterinario


















